1. Decreto 377 del 10 de junio de 2021 – Descuento adicional sobre el Impuesto Predial Unificado (IPU) del año 2021.
- Descuento del 15% por pronto pago.
Los contribuyentes que tributen en el municipio de Cali podrán acogerse a un descuento del 15% por pronto pago en el impuesto predial. El alivio tributario estará vigente hasta el 31 de agosto de 2021.
- Descuento del 35% sobre el IPU.
La norma estableció un beneficio aplicable única y exclusivamente al desarrollo de actividades comerciales en el municipio de Cali, que consiste en un descuento del 35% sobre el IPU a los contribuyentes que se encuentren en las siguientes condiciones:
- Los contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio (ICA) cuyos ingresos brutos hayan tenido una disminución como mínimo del 20% en el año gravable 2020 frente a los ingresos respecto del año 2019.
- Las personas naturales rentistas de capital que demuestren una disminución del 20% en los ingresos provenientes que correspondan al arrendamiento de bienes inmuebles de uso comercial.
- Arrendadores de bienes inmuebles para uso comercial que hayan pactado con sus arrendatarios una disminución en el canon de arrendamiento mínimo del 10% para el periodo gravable 2021 frente al año 2020.
- Los contribuyentes del ICA que hayan presentado su declaración del año gravable 2020 dentro de los plazos fijados y que desarrollen su actividad comercial en un inmueble de uso residencial de su propiedad.
El descuento de que trata el presente punto, estará vigente hasta el 31 de octubre del año 2021.
Para aplicar al mismo, el beneficiario, deberá presentar de manera presencial, y hasta el 30 de julio 2021, una solicitud juramentada por escrito anexando los documentos que lo acrediten como beneficiario.
La norma precisa que es necesario indicar que el predio objeto del beneficio se encuentre a paz y salvo con las vigencias anteriores.
Por último, recomendamos validar el caso particular de la Compañía para efectos de reunir los requisitos necesarios para la solicitud de este beneficio.
- Concurrencia de beneficios tributarios
2. Decreto 377 del 10 de junio de 2021 – Descuento para el pago de intereses moratorios de los tributos territoriales
Si cancela la totalidad de la obligación por vigencia
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Descuento de intereses moratorios |
Desde la entrada en vigencia del acuerdo y hasta el 31 de agosto de 2021 |
100%
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Desde el 1 de septiembre y hasta el 31 de octubre de 2021 | 80% |
3. Decreto 442 del 30 de junio de 2021 – Descuentos para el pago de intereses moratorios del IPU del año 2020
4. Acuerdo 495 de 8 de junio de 2021 – Nuevos requisitos transitorios para pertenecer al Régimen Simplificado de ICA para el año 2021.
5. En cuanto a la concurrencia de beneficios tributarios Para culminar, es necesario recordar que en ningún caso será procedente la concurrencia de beneficios conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Ley 383 de 1997.
Cualquier duda o inquietud con gusto será atendida.